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Guía Julio 2026: Uso de drones en Colombia
Todo lo que debes saber antes de volar tu dron
Los drones se han convertido en herramientas fundamentales para la fotografía, el video, la topografía, la inspección de infraestructura, la agricultura y muchas otras actividades. Sin embargo, su operación también implica responsabilidades y el cumplimiento de la normativa establecida por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil).
En esta guía encontrarás un resumen práctico de los aspectos más importantes de la normativa vigente para operar drones en Colombia.
Importante: Esta guía tiene fines informativos y no reemplaza la reglamentación oficial. Si deseas conocer el texto completo de la norma, puedes consultarlo directamente en la Aeronáutica Civil.
Información de carácter orientativo. Servydrones no actúa como autoridad aeronáutica ni presta asesoría jurídica. Para decisiones operacionales o jurídicas, recomendamos consultar directamente las disposiciones vigentes de la Aeronáutica Civil, DIAN y demás autoridades competentes.
Portal oficial de Aerocivil – UAS/Drones: Aviación No Tripulada (UAS/Drones)
Norma oficial RAC 100: Resolución 1983 de 2023 – RAC 100
¿Qué es el RAC 100?
Actualmente, la operación de drones civiles en Colombia está regulada por el RAC 100, reglamento que reúne las normas para la utilización de Sistemas de Aeronaves No Tripuladas (UAS) en el territorio nacional. Este reglamento reemplazó el antiguo Apéndice 13 del RAC 91 y establece las condiciones técnicas y operacionales para volar de manera segura y legal.
¿Quién debe cumplir esta normativa?
El RAC 100 aplica para cualquier persona que opere un dron en Colombia, ya sea con fines:
- Recreativos
- Deportivos
- Académicos
- Profesionales
- Comerciales
- Industriales
Sin importar si el dron es DJI u otra marca.
¿Todos los drones deben registrarse?
No necesariamente.
La obligación del registro depende de diferentes factores establecidos en la normativa, entre ellos:
- el peso del dron;
- el tipo de operación que se realizará;
- el escenario operacional;
- los riesgos asociados al vuelo.
Por esta razón, antes de volar es recomendable verificar si tu operación requiere registro del piloto, del dron o ambos.
¿Qué ocurre con drones como el Mini 2, Mini 3 o Mini 4 Pro?
Muchos usuarios creen que por pesar menos de 250 gramos estos drones están completamente exentos de la normativa.
Eso no siempre es cierto.
Dependiendo del tipo de operación que realices (por ejemplo, trabajos comerciales, inspecciones, vuelos especiales o determinados escenarios), pueden existir requisitos adicionales establecidos por el RAC 100.
Por ello es importante revisar cada caso antes de volar.
Antes de cada vuelo
Te recomendamos verificar siempre:
✅ Estado general del dron.
✅ Estado de las baterías.
✅ Estado de las hélices.
✅ Actualización del firmware.
✅ Nivel de GPS.
✅ Condiciones meteorológicas.
✅ Zona permitida para el vuelo.
✅ Que la operación cumpla con la normativa vigente.
¿Dónde NO debería volarse un dron?
Como regla general, se debe evitar operar:
- cerca de aeropuertos;
- sobre concentraciones de personas;
- en zonas restringidas;
- donde exista riesgo para terceros;
- en lugares donde la normativa lo prohíba.
Cada operación debe analizarse de acuerdo con el RAC 100 y demás reglamentos aplicables.
¿Necesito ser piloto certificado?
Dependiendo de la categoría de la operación y del tipo de vuelo que vayas a realizar, la Aeronáutica Civil puede exigir que el piloto cuente con la certificación correspondiente.
Actualmente la Aerocivil dispone del proceso oficial para la certificación de pilotos UAS cuando aplica.
Nueva realidad para importar drones y repuestos
En los últimos años Colombia ha fortalecido los controles sobre el ingreso de drones y sus componentes.
Por ello:
- algunos drones pueden requerir procesos específicos de importación;
- ciertos repuestos pueden tener requisitos aduaneros;
- no todos los equipos pueden ingresar al país bajo las mismas condiciones.
Antes de comprar un dron o un repuesto en el exterior, es recomendable revisar la normativa vigente para evitar inconvenientes.
Preguntas frecuentes
¿Puedo comprar un dron por internet?
Sí, pero antes de hacerlo verifica las condiciones actuales de importación y los requisitos aplicables.
¿Puedo volar un Mini 3 donde quiera?
No.
Aunque sea un dron ligero, siempre debes respetar la normativa y las restricciones del espacio aéreo.
¿Puedo volar sobre personas?
No es recomendable y puede estar restringido dependiendo del escenario operacional.
¿Necesito permiso para trabajar con drones?
Dependerá del tipo de operación que vayas a realizar y de la categoría en la que se encuentre tu vuelo.
¿Dónde puedo consultar la información oficial?
Directamente en la Aeronáutica Civil.
Portal oficial:
Aviación No Tripulada (UAS/Drones)
Norma completa:
Resolución 1983 de 2023 – RAC 100
Nuestro objetivo es ayudarte a mantener tu equipo en las mejores condiciones y brindarte información confiable para que vueles con mayor tranquilidad.
Aviso legal
La información publicada en esta guía tiene carácter informativo y puede actualizarse conforme la Aeronáutica Civil modifique la normativa vigente. Para trámites oficiales, permisos o interpretaciones jurídicas, consulta siempre la documentación oficial publicada por la Aeronáutica Civil de Colombia.
Aeronáutica Civil actualiza directrices para el transporte de bancos de energía y baterías de litio
Lo que anunció la Aerocivil en Colombia adopta la línea nueva de la OACI: desde el 27 de marzo de 2026 los power banks quedan limitados a máximo 2 por pasajero y no se pueden recargar durante el vuelo. Además, la Aerocivil comunicó que los bancos de energía solo van en equipaje de mano, con máximo dos unidades, y que los dispositivos no pueden usarse ni recargarse a bordo.
Para las baterías de drones, el efecto práctico es el siguiente:

1. Las baterías sueltas de repuesto deben ir en cabina, no en bodega.
La guía de IATA para 2026 indica que las spare lithium batteries deben ir solo en equipaje de mano y además protegidas individualmente para evitar cortos, por ejemplo con terminales aislados o en bolsas/pouches separados. IATA también dice expresamente que los drones con batería instalada pueden ir en el equipaje de mano, y que las baterías extra deben ir protegidas en cabina.
2. En Colombia, lo más delicado es el nuevo tope de cantidad.
El comunicado de Aerocivil habla de un máximo de dos baterías de repuesto o dos power banks por pasajero. Para alguien que viaja con drone, eso sugiere que ya no sería seguro asumir que puedes llevar 3, 4 o 5 baterías extra como antes hacían muchos pilotos. La lectura más conservadora hoy es: lleva máximo 2 baterías de vuelo de repuesto por pasajero si sales o conectas por Colombia, salvo que la aerolínea publique un criterio distinto.
3. No podrás cargarlas ni usarlas dentro del avión.
La nueva línea internacional prohíbe recargar power banks durante el vuelo, y Aerocivil extendió la restricción de “no usar ni recargar” a estos dispositivos a bordo. En la práctica, para un operador de drones esto significa que no debes ir cargando hubs, power banks ni usar baterías para alimentar otros equipos durante el vuelo.
4. El tamaño de la batería sigue importando por Wh.
IATA mantiene la referencia técnica de capacidad:
- hasta 100 Wh: normalmente permitido;
- entre 100 y 160 Wh: requiere aprobación previa de la aerolínea;
- más de 160 Wh: usualmente no permitido en vuelos de pasajeros.
Eso deja así a muchos drones DJI comunes:
- Mini 4 Pro: 18.96 Wh / 28.4 Wh, según batería estándar o Plus.
- Avata 2: 31.7 Wh.
- Mavic 3 / Mavic 3 Enterprise: 77 Wh aprox.
- Phantom 4 Pro: 89.2 Wh.
Todas esas están por debajo de 100 Wh, así que por capacidad normalmente sí pueden viajar, pero en Colombia ahora el problema principal pasa a ser la cantidad de baterías de repuesto más que el Wh.
En cambio, plataformas grandes de trabajo aéreo sí quedan mucho más limitadas. Por ejemplo, la DJI Matrice 400 usa una batería de 977 Wh, muy por encima de 160 Wh, así que no es equipaje de pasajero en un vuelo comercial normal.
Qué recomendaría ServyDrones
Para no tener problemas en aeropuerto:
- llevar el drone y control en cabina;
- llevar máximo 2 baterías sueltas por pasajero;
- cada batería en bolsa individual, funda o con terminales aislados;
- no facturarlas en bodega;
- llevar visible la etiqueta de Wh;
- si alguna batería está entre 100 y 160 Wh, pedir aprobación escrita de la aerolínea antes del vuelo.
Nuestra conclusión: para drones pequeños y medianos sí se puede seguir viajando, pero desde esta actualización en Colombia se endureció bastante el tema de baterías extra. El cambio más importante para personas que antes viajaba con varias baterías ahora debería planear el viaje con solo 2 repuestos por persona y todo en cabina.
Más información clic para ver el comunicado directo de la aeronautica civil: https://www.aerocivil.gov.co/publicaciones/4551/aeronautica-civil-actualiza-directrices-para-el-transporte-de-bancos-de-energia-y-baterias-de-litio/
